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23 agosto , 2018

Recibo electrónico de pagos

A partir del 1° de septiembre empezará a ser necesario que los contribuyentes emitan Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) con el complemento para pagos, que también se conoce como Recibo Electrónico de Pago, que por sus siglas se abrevia “REP”.

Los CFDI de ingresos que se emitan con el método de pago el PPD (pago en parcialidades o diferido), quedarán “pendientes de pago” tanto para el cliente que recibe la Factura Electrónica, como para el SAT.

Al momento de emitir el Recibo Electrónico de Pago, el contribuyente avisa al SAT de que el CFDI relacionado fue pagado. El CFDI con el complemento para pagos contiene la información necesaria para determinar el momento de la deducción o acreditamiento de los impuestos que contenga el CFDI origen.

 ¿CUÁNDO SE EMITE EL RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO?

El REP se emite para amparar el pago total o parcial de una factura, relacionando el UUID (identificador único universal, por sus siglas en inglés) del CFDI de la factura con método de pago PPD, pero también se puede agregar más facturas al mismo documento.

Dicho esto, los contribuyentes pueden emitir un solo REP por el pago o los pagos de las facturas pendientes de pago del mes, sin que rebase de los 10 primeros días del siguiente mes.

CONSIDERACIONES PARA LA EMISIÓN DEL RECIBO ELECTRÓNICO DE PAGO.

Para emitir un CFDI con el complemento para pagos, se deberán conocer diferentes datos, los cuales serán plasmados en los campos del REP:

  • Tener identificado el CFDI por pagar (método de pago PPD)
  • Al momento de recibir el pago, se deberá solicitar la elaboración del REP.
  • La forma de pago del REP será la que el cliente haya utilizado para liquidar la deuda (efectivo, transferencia, cheque, etc.)
  • En la descripción del REP, se deberá poner invariablemente “PAGO”
  • El método de pago del REP debe de ser PPD (pago en parcialidades o diferido), ya que ese es el método de pago del CFDI relacionado.
  • La clave de producto o servicio del REP es 84111506 (Servicios de Facturación)
  • La clave de unidad de medida es “ACT”
  • En el mismo REP se verá reflejado el saldo anterior, importe pagado y el saldo insoluto del CFDI.
  • Los Recibos Electrónicos de Pago siempre serán emitidos por un importe de CERO pesos o la moneda que se trate.

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